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Qué: el BPA está prohibido en los envases en contacto con alimentos de la UE: recubrimientos de latas, plásticos, adhesivos, tintas de impresión y más.
Desde cuándo: la prohibición entró en vigor el 20 de enero de 2025.
Plazos clave: la mayoría de los envases de un solo uso fabricados con BPA solo podrán comercializarse en la UE hasta el 20 de julio de 2026. Los envases de productos de frutas, verduras y pescado disponen hasta el 20 de enero de 2028, y el stock ya envasado podrá venderse después hasta agotarse.
Qué hacer: confirme las especificaciones de recubrimiento de sus proveedores y solicite una declaración de conformidad actualizada.
Qué ha cambiado
El Reglamento (UE) 2024/3190 prohíbe el uso de bisfenol A —y de otros bisfenoles peligrosos— en la fabricación de materiales que entran en contacto con los alimentos: pinturas y recubrimientos (incluidas las lacas que recubren el interior de las latas de conservas), plásticos, adhesivos, cauchos, tintas de impresión y siliconas. También prohíbe comercializar en la UE materiales en contacto con alimentos fabricados con BPA.
Para las conservas, este es el cambio más importante de una generación: los recubrimientos epoxi de las latas, que históricamente dependían del BPA, deben sustituirse por alternativas conformes en toda la cadena de suministro de la UE.
Dos documentos posteriores zanjaron las cuestiones prácticas. En diciembre de 2025, la Comisión Europea publicó una nota orientativa oficial en formato de preguntas y respuestas sobre el alcance, los ensayos y los plazos de transición. En febrero de 2026, el Reglamento (UE) 2026/250 corrigió ambigüedades del texto original, sin modificar ninguna de las prohibiciones.
Las tres fechas que importan
La ventana ampliada de 2028 para los envases de frutas y verduras es la que más afecta a los compradores de las categorías de Saporina: da tiempo a la cadena de suministro de frutas y verduras en conserva para hacer la transición de forma ordenada, sin dejar varado el stock conforme que ya está en circulación.
Qué zanjó la aclaración de 2026
Todas las formas de BPA están cubiertas. La redacción modificada deja explícito que la prohibición se aplica al BPA en todas sus formas químicas, incluidas sus sales, cerrando cualquier resquicio interpretativo.
Los plazos ya no admiten dudas. Las fechas de transición indicadas arriba quedan formuladas con precisión, de modo que productores, importadores y minoristas de toda la UE aplican las mismas reglas: se acabaron las lecturas nacionales divergentes.
La documentación es más clara. La declaración de conformidad que acompaña a los envases debe identificar ahora con más detalle los materiales intermedios y los artículos acabados, a la vez que se eliminan requisitos que antes planteaban problemas de confidencialidad. Para los compradores, esto significa que la documentación que reciban será más precisa sobre lo que contiene exactamente la lata y su recubrimiento.
Qué deben hacer ahora los compradores
Hacer dos preguntas a cada proveedor de conservas. ¿Qué sistema de recubrimiento utilizan sus latas y tapas, y puede facilitar una declaración de conformidad actualizada conforme al Reglamento (UE) 2024/3190? Los proveedores que cumplen responderán a ambas con rapidez.
Cotejar el stock con los plazos. Los productos envasados en envases de frutas, verduras y pescado se benefician de la ventana de enero de 2028 y de las disposiciones de venta de existencias, por lo que el inventario conforme ya existente no corre riesgo. Los nuevos pedidos deberían especificar recubrimientos sin BPA para los destinos de la UE.
No asumir que esto quedará en un asunto solo de la UE. Los grandes cambios regulatorios de la UE tienden a propagarse: los compradores del Reino Unido, el Golfo y otros mercados podrían ver llegar requisitos similares. Especificar sin BPA desde ahora blinda de cara al futuro sus programas de marca blanca.
📋 Conclusión clave
El BPA está prohibido en los envases en contacto con alimentos de la UE. La mayoría de los envases de un solo uso deben completar la transición antes del 20 de julio de 2026; los envases de frutas, verduras y pescado disponen hasta el 20 de enero de 2028, con venta de existencias permitida después. La acción para los compradores es sencilla: confirmar las especificaciones de recubrimiento con sus proveedores y solicitar declaraciones de conformidad actualizadas — ahora, no al filo del plazo.
La posición de Saporina
Saporina suministra recubrimientos de lata sin BPA para todos los mercados donde la normativa lo exige —incluidos los destinos de la UE—, con la declaración de conformidad y la documentación de exportación completa acompañando cada envío. Para los mercados sin restricciones de BPA, la especificación del recubrimiento sigue siendo elección del importador, y nuestro equipo le asesorará sobre las opciones para su destino y categoría de producto.
Si compra productos de tomate, verduras o frutas en conserva para el mercado de la UE, hable con nosotros sobre las especificaciones de envasado de sus próximos contratos: la transición es una casilla más en nuestro proceso de cotización, no una complicación.
📩 Especifique con confianza
Contacte con Saporina para confirmar las especificaciones de envase y recubrimiento para su mercado de destino: declaraciones de conformidad y documentación completa incluidas en cada pedido.