Actualidad regulatoria Envases 25 de abril de 2026  ·  4 min de lectura

Prohibición del BPA en la UE en Envases de Conservas: los plazos que los compradores deben conocer

La UE ha prohibido el bisfenol A (BPA) en los envases en contacto con alimentos, incluidos los recubrimientos interiores de las latas de conservas. Las nuevas aclaraciones publicadas este año zanjan exactamente qué está prohibido, qué documentación se exige y cuándo vence cada plazo. Esta es la versión corta para compradores con poco tiempo.

⏱️ La versión de 30 segundos

Qué: el BPA está prohibido en los envases en contacto con alimentos de la UE: recubrimientos de latas, plásticos, adhesivos, tintas de impresión y más.

Desde cuándo: la prohibición entró en vigor el 20 de enero de 2025.

Plazos clave: la mayoría de los envases de un solo uso fabricados con BPA solo podrán comercializarse en la UE hasta el 20 de julio de 2026. Los envases de productos de frutas, verduras y pescado disponen hasta el 20 de enero de 2028, y el stock ya envasado podrá venderse después hasta agotarse.

Qué hacer: confirme las especificaciones de recubrimiento de sus proveedores y solicite una declaración de conformidad actualizada.

Ene. 2025
Entrada en vigor de la prohibición del BPA
Jul. 2026
Plazo para la mayoría de envases de un solo uso
Ene. 2028
Plazo ampliado — latas de frutas, verduras y pescado
P&R
Guía oficial publicada en dic. de 2025

Qué ha cambiado

El Reglamento (UE) 2024/3190 prohíbe el uso de bisfenol A —y de otros bisfenoles peligrosos— en la fabricación de materiales que entran en contacto con los alimentos: pinturas y recubrimientos (incluidas las lacas que recubren el interior de las latas de conservas), plásticos, adhesivos, cauchos, tintas de impresión y siliconas. También prohíbe comercializar en la UE materiales en contacto con alimentos fabricados con BPA.

Para las conservas, este es el cambio más importante de una generación: los recubrimientos epoxi de las latas, que históricamente dependían del BPA, deben sustituirse por alternativas conformes en toda la cadena de suministro de la UE.

Dos documentos posteriores zanjaron las cuestiones prácticas. En diciembre de 2025, la Comisión Europea publicó una nota orientativa oficial en formato de preguntas y respuestas sobre el alcance, los ensayos y los plazos de transición. En febrero de 2026, el Reglamento (UE) 2026/250 corrigió ambigüedades del texto original, sin modificar ninguna de las prohibiciones.

Las tres fechas que importan

📅
20 de enero de 2025
Prohibición en vigor
BPA prohibido en la fabricación de materiales en contacto con alimentos y en los nuevos productos comercializados en la UE
20 de julio de 2026
Fin de la transición para el un solo uso
Última fecha para la primera comercialización de la mayoría de los envases de un solo uso fabricados con BPA bajo las normas anteriores
🥫
20 de enero de 2028
Ventana para frutas, verduras y pescado
Transición ampliada para los envases que conservan productos de frutas, verduras y pescado — los productos ya envasados podrán venderse después hasta agotar existencias

La ventana ampliada de 2028 para los envases de frutas y verduras es la que más afecta a los compradores de las categorías de Saporina: da tiempo a la cadena de suministro de frutas y verduras en conserva para hacer la transición de forma ordenada, sin dejar varado el stock conforme que ya está en circulación.

Latas de conservas avanzando por una línea de llenado — la normativa de la UE prohíbe ya el BPA en los recubrimientos de las latas y en todos los envases en contacto con alimentos
Producción de conservas: la prohibición del BPA en la UE abarca las lacas y recubrimientos interiores de las latas, con plazos de transición en julio de 2026 y, para los envases de frutas, verduras y pescado, en enero de 2028. Foto: Unsplash.

Qué zanjó la aclaración de 2026

Todas las formas de BPA están cubiertas. La redacción modificada deja explícito que la prohibición se aplica al BPA en todas sus formas químicas, incluidas sus sales, cerrando cualquier resquicio interpretativo.

Los plazos ya no admiten dudas. Las fechas de transición indicadas arriba quedan formuladas con precisión, de modo que productores, importadores y minoristas de toda la UE aplican las mismas reglas: se acabaron las lecturas nacionales divergentes.

La documentación es más clara. La declaración de conformidad que acompaña a los envases debe identificar ahora con más detalle los materiales intermedios y los artículos acabados, a la vez que se eliminan requisitos que antes planteaban problemas de confidencialidad. Para los compradores, esto significa que la documentación que reciban será más precisa sobre lo que contiene exactamente la lata y su recubrimiento.

Qué deben hacer ahora los compradores

Hacer dos preguntas a cada proveedor de conservas. ¿Qué sistema de recubrimiento utilizan sus latas y tapas, y puede facilitar una declaración de conformidad actualizada conforme al Reglamento (UE) 2024/3190? Los proveedores que cumplen responderán a ambas con rapidez.

Cotejar el stock con los plazos. Los productos envasados en envases de frutas, verduras y pescado se benefician de la ventana de enero de 2028 y de las disposiciones de venta de existencias, por lo que el inventario conforme ya existente no corre riesgo. Los nuevos pedidos deberían especificar recubrimientos sin BPA para los destinos de la UE.

No asumir que esto quedará en un asunto solo de la UE. Los grandes cambios regulatorios de la UE tienden a propagarse: los compradores del Reino Unido, el Golfo y otros mercados podrían ver llegar requisitos similares. Especificar sin BPA desde ahora blinda de cara al futuro sus programas de marca blanca.

📋 Conclusión clave

El BPA está prohibido en los envases en contacto con alimentos de la UE. La mayoría de los envases de un solo uso deben completar la transición antes del 20 de julio de 2026; los envases de frutas, verduras y pescado disponen hasta el 20 de enero de 2028, con venta de existencias permitida después. La acción para los compradores es sencilla: confirmar las especificaciones de recubrimiento con sus proveedores y solicitar declaraciones de conformidad actualizadas — ahora, no al filo del plazo.

La posición de Saporina

Saporina suministra recubrimientos de lata sin BPA para todos los mercados donde la normativa lo exige —incluidos los destinos de la UE—, con la declaración de conformidad y la documentación de exportación completa acompañando cada envío. Para los mercados sin restricciones de BPA, la especificación del recubrimiento sigue siendo elección del importador, y nuestro equipo le asesorará sobre las opciones para su destino y categoría de producto.

Si compra productos de tomate, verduras o frutas en conserva para el mercado de la UE, hable con nosotros sobre las especificaciones de envasado de sus próximos contratos: la transición es una casilla más en nuestro proceso de cotización, no una complicación.

🍅 Productos de tomate en conserva
Concentrado, tomate pelado, salsas — opciones sin BPA para la UE
🥫 Verduras y legumbres en conserva
Alubias blancas, guisantes, maíz, zanahorias — retail y foodservice
🥭 Frutas en almíbar
Fresa, mango, albaricoque, higo, mandarina

📩 Especifique con confianza

Contacte con Saporina para confirmar las especificaciones de envase y recubrimiento para su mercado de destino: declaraciones de conformidad y documentación completa incluidas en cada pedido.